Editorial

El desacato de sentencias por funcionarios públicos: una afrenta al Estado de Derecho


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En la República Dominicana, lograr la ejecución de una sentencia condenatoria contra el Estado se ha convertido en un verdadero calvario, una odisea que vulnera de forma directa los principios fundamentales de la Constitución y el ideal de justicia que debe regir en toda sociedad democrática. Esta situación, lejos de ser un asunto aislado, refleja una preocupante cultura de impunidad institucional que se ha enquistado en la administración pública.

La impunidad con que muchos funcionarios desacatan sentencias judiciales es más que un problema jurídico; es una negación del Estado Social y Democrático de Derecho proclamado en nuestra Carta Magna. Este tema cobra aún más relevancia en el contexto actual, cuando se debaten importantes proyectos de ley en el Congreso Nacional: uno para la creación del Ministerio de Justicia y otro que busca modificar la Ley No. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.

Aunque el Tribunal Constitucional ha dado un paso positivo al crear la Unidad de Seguimiento a la Ejecución de Sentencias (USES), esta carece de herramientas coercitivas eficaces. Sin la posibilidad de aplicar sanciones reales, sus esfuerzos se ven diluidos frente a la indolencia de funcionarios que actúan como si estuvieran por encima de la ley.

Este es el momento oportuno para corregir esa grave omisión. La modificación de la Ley 137-11 debe contemplar, de manera clara y contundente, sanciones penales para el desacato a las decisiones judiciales. Proponemos que se incluya una pena privativa de libertad de hasta dos (2) años, así como la inhabilitación para ejercer funciones públicas por diez (10) años, para todo funcionario que incumpla una sentencia firme, sin importar si esta emana del Tribunal Constitucional o de cualquier órgano del Poder Judicial.

No se trata de una propuesta radical, sino de una necesidad impostergable. El artículo 60 del proyecto de ley sobre la jurisdicción contenciosa, que duerme el sueño eterno en el Congreso desde hace más de una década, contempla esta misma sanción. ¿Qué impide su aprobación? ¿A quién beneficia esta inercia legislativa?

Basta ya de paños tibios. No podemos seguir permitiendo que la desobediencia judicial se normalice. No puede haber justicia si las sentencias no se cumplen. No puede haber democracia si quienes deben acatar la ley la desafían sin consecuencia alguna. La tutela judicial efectiva no es una concesión del poder, es un derecho fundamental que debe garantizarse plenamente.

Urge dotar al sistema judicial de mecanismos que garanticen el cumplimiento real de sus decisiones. Solo así podremos decir, con propiedad y sin hipocresía, que en la República Dominicana existe un verdadero Estado de Derecho.

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