Actualidad Justicia

El Tribunal Superior Electoral mediante la sentencia TSE-0006-2025 de fecha 8 de abril de 2025, ordeno la reintegración inmediata de la señora Aura Dilcia Heredia Sena, quien fuera suspendida del PLD luego de la celebración de un juicio disciplinario de la Comision de Ética y Disciplina del PLD, mediante la Resolución No. 13-2024 de fecha 7 de diciembre de 2024.


Escuchando artículo…
0:00 / 0:00

Santo Domingo. El Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió la solicitud de corrección de la instancia presentada por la parte impetrante, y admitió en cuanto a la forma la demanda de impugnación interpuesta por la señora Aura Dircia Herrera Sena contra la Resolución No.13-2024 TINDE/PLD, emitida por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), mediante la cual fue expulsada de manera deshonrosa a solicitud del miembro del comité político, Radhamés Camacho.

En el fondo, el TSE declaró nula la resolución, al considerar que violó los principios constitucionales del debido proceso y la tutela judicial efectiva, afectando los derechos de la demandante. El fallo evidenció que no se le garantizó el derecho a la defensa ni a un proceso transparente dentro del marco normativo partidario.

Como resultado, el Tribunal ordenó la reintegración inmediata de Aura Dircia Herrera Sena como miembro y dirigente del PLD, restableciéndole todos sus derechos políticos y orgánicos. Esta sentencia sienta un precedente relevante a favor de la democracia interna, el respeto al debido proceso y la protección de los derechos fundamentales dentro de los partidos políticos.

Dispositivo de la sentencia

PRIMERO: ACOGE la solicitud de corrección  de la instancia presentada por la parte impetrante, a los fines de que, en lo sucesivo, conste como acto impugnado la Resolución No. 13-2024 TINDE/PLD, de fecha siete (7) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), dictada por la Comision de Ética y Disciplina del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

SEGUNDO: ADMITIR la solicitud de corrección  de la instancia presentada por la parte impetrante, a los fines de que, en lo sucesivo, conste como acto impugnado la Resolución No. 13-2024 TINDE/PLD, de fecha siete (7) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), dictada por la Comision de Ética y Disciplina del Partido de la Liberación Dominicana (PLD),  incoada por la señora Aura Dilcia Heredia Sena, mediante instancia depositada en la Secretaria General de este Tribunal el día veintiuno (21) de febrero de dos mil veinticinco (2025), por haber sido incoada de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

TERCERO: ACOGER en cuanto al fondo la impugnación de que se trata y, en consecuencia, DECLARAR NULA, la Resolución No. 13-2024 TINDE/PLD, de fecha siete (7) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), dictada por la Comision de Ética y Disciplina del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), por violación a los principios del debido proceso y la tutela judicial efectiva en perjuicio de la impugnante.

CUARTO: DISPONER la reintegración inmediata de la señora Aura Dilcia Heredia Sena como miembro y dirigente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), con la misma calidad que ostentaba al momento en que fue sancionada mediante la sentencia disciplinaria hoy anulada.

 

 

Por: América Pérez

Salir de la versión móvil