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RESUMEN
Una mujer requerida por las autoridades haitianas aparece en publicaciones digitales asociadas con Santo Domingo Este. La información es grave, pero todavía incompleta. Precisamente por eso, el silencio institucional dominicano no puede prolongarse.
Esther Thomas, alias “Nice B”, es investigada en Haití por su presunta vinculación con un crimen ocurrido en Croix-des-Bouquets. Las autoridades haitianas también han identificado a Duclnona Darlens, alias “Tet Kale”, como otra persona señalada en el caso. Hasta ahí llegan los datos atribuidos a fuentes oficiales haitianas.
A partir de ese punto comienzan los interrogantes.
Un video publicado en TikTok muestra a Thomas frente a un establecimiento que habría sido localizado en Santo Domingo Este. Sin embargo, la publicación no permite establecer cuándo fue grabado, por cuál vía habría ingresado al país ni si permanece actualmente en territorio dominicano.
Las redes sociales aportan indicios, no certificaciones. Pueden revelar lugares, conexiones y movimientos, pero también reproducir contenidos antiguos, descontextualizados o manipulados. La investigación estatal comienza donde termina la conjetura digital.
Corresponde a la Policía Nacional, la Dirección General de Migración y el Ministerio Público establecer si Thomas se encuentra o estuvo recientemente en República Dominicana. También deben determinar si existe una orden internacional de captura, una alerta migratoria o una solicitud formal de cooperación presentada por Haití.
No basta con observar el video. Deben verificarse sus metadatos, la ubicación del establecimiento, las cámaras de seguridad del entorno, los movimientos migratorios y cualquier registro que permita reconstruir la presencia de la persona investigada.
El asunto adquiere mayor gravedad ante las versiones difundidas sobre supuestos ingresos al país mediante vehículos diplomáticos. Tal afirmación no puede ser tratada como un hecho mientras no existan pruebas verificables. Pero tampoco debe descartarse mediante el silencio.
Si algún vehículo sometido a un régimen diplomático especial fue utilizado para facilitar movimientos irregulares, estaríamos ante una posible desviación de privilegios concedidos para el ejercicio de funciones oficiales. Esto exigiría identificar el vehículo, la misión correspondiente, sus ocupantes y las circunstancias concretas del traslado.
La inmunidad diplomática no convierte los vehículos ni las funciones diplomáticas en espacios ajenos al derecho. Tampoco autoriza a formular acusaciones generales contra una misión sin evidencias. La respuesta correcta no es especular: es investigar.
Lo mismo ocurre con los señalamientos sobre proxenetismo y asociación de malhechores. Su difusión en medios de comunicación no sustituye la documentación judicial. Debe precisarse si existen expedientes, órdenes, declaraciones oficiales o elementos probatorios que respalden tales versiones.
En este caso hay dos riesgos que deben evitarse.
El primero consiste en condenar públicamente a personas sobre la base de publicaciones y acusaciones todavía no probadas. Toda persona conserva su presunción de inocencia y su derecho al debido proceso, independientemente de la gravedad de los hechos investigados.
El segundo riesgo es utilizar esa garantía como excusa para la pasividad. La presunción de inocencia impide condenar sin pruebas; no impide investigar. El debido proceso protege a la persona investigada, pero también obliga al Estado a actuar con diligencia frente a posibles amenazas para la seguridad pública.
República Dominicana comparte una frontera y una compleja relación institucional con Haití. Esa realidad exige mecanismos permanentes de intercambio de información criminal, control migratorio y cooperación judicial. No es aceptable que casos de esta naturaleza dependan de videos virales para activar la atención de las autoridades.
La cuestión principal no es si una publicación en TikTok parece convincente. La pregunta es si el Estado dominicano posee capacidad para comprobarla y voluntad para informar sus resultados.
Las autoridades deben decir si Esther Thomas está en el país, si existe algún requerimiento internacional y qué actuaciones han realizado. Si las versiones resultan falsas, deben descartarlas públicamente. Si encuentran evidencias, deben proceder conforme al derecho y mediante los mecanismos de cooperación correspondientes.
El silencio no protege la investigación cuando ni siquiera se informa que existe una investigación. Solo amplía el espacio ocupado por rumores, acusaciones y sospechas.
Preguntar no es condenar. Investigar tampoco. Es, sencillamente, cumplir con la obligación del Estado de verificar los hechos antes de que las redes sociales terminen administrando la seguridad pública y dictando sus propias sentencias.
Editorial Contraflujo
Pensar contra la corriente

